El Derecho a saber, logro ciudadano
El derecho a saber, logro ciudadano
Por: Polibio de Arcadia
Preámbulo
En un extinto portal el 20 de abril de 2023 escribí esta columna, donde en esa fecha se hablaba de la desaparición del INAI sin éxito. Hoy con el triunfo del oficialismo nuevamente el 2 de junio no solo se platea nuevamente la desaparición del INAI, sino de todos los organismos autónomos.
De ahí que saque de nuevo esta columna, que habla del tema y de la importancia de su permanencia. No por capricho de la oposición, sino que es un derecho ciudadano el saber que hace y en que gasta nuestro dinero el gobierno, pero sobre todo, el INAI (antes IFAI) tiene sustentos internacionales para su creación y que su desaparición implica violar tratados del cual el Estado Mexicano forma parte. Por loq que en caso de que sucediese, se puede combatir la desaparición.
Introducción
Quien está en el poder de manera
transitoria, cree el Estado es él y sus acciones no pueden ser cuestionadas y
quien exige cuentas es tachado de traidor. Esto sucede con López Obrador desde
que era Jefe de Gobierno, la opacidad fue su sello y hoy día mucho más.
Para negar nuestro derecho a
saber hizo todo lo posible por dejar acéfalo al INAI, al vetar a los miembros
que cubrirían tres vacantes, aduciendo que no sirve para nada y es carísimo, que
eso lo puede hacer la Secretaria de la Función Publica o la Auditoria Superior
de la Federación. Siendo que tener al que antes se llamaba IFAI, fue un logro
ciudadano, para saber si lo realizado eran acorde con lo que oficialmente se
decía.
Incluso este logro, fue parte de
un miembro de Morena, al cual señalare en mi columna, para exhibir esa
contradicción de cuando estaban en la oposición y ahora que son Gobierno, se
comportan peor de lo que decían combatir.
El derecho a saber a nivel internacional
La exigencia de saber es
internacional, por mas resistencias no se pueden abstraer, por ello en los
organismos multilaterales como la ONU o la OEA de los cuales el Estado Mexicano
es parte, existen diversos instrumentos que obligan a los Estados a
proporcionar toda la información que se requiera, (salvo, la considerada de
seguridad nacional).
Como señala la OEA el “acceso a
la información pública y la transparencia se consideran requisitos
indispensables para lograr la rendición de cuentas de los gobiernos y el
escrutinio de los ciudadanos, lo cual a su vez fortalece la gobernabilidad y la
democracia”, es decir, sin acceso a la información no hay democracia, ni se
logra la gobernabilidad.
Este derecho está previsto en el
artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; el artículo 19 del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y el artículo 13 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Donde como apunta también la OEA “se
rige por los principios de máxima divulgación y de buena fe…debe primar el
criterio de apertura de la información, reduciendo al mínimo las causales de
restricción… se debe tratar de asegurar la efectividad del Derecho a la
Información, de tal manera… sirvan para cumplir los fines del previstos por el
derecho de acceso”.
Como puede verse, tener acéfalo
al INAI y dejarlo inoperante, se violan estos principios internacionales, al
igual que normas nacionales, las cuales me referiré más adelante.
Antecedentes del derecho a saber
La Reforma Política de 1977 de José
López Portillo, para congraciarse por el circo de su elección, al haber sido el
único candidato y partiendo de los principios ya referidos, se dio un brochazo
del derecho a saber por parte del ciudadano, agregando al Artículo 6
Constitucional que “el derecho a la información será garantizada por el Estado”
(Cossío, 2002:305), sin establecer como seria ese derecho del ciudadano al ser
el Gobierno juez y parte.
Lo cual quedo de manifiesto en
1983, cuando Ignacio Burgoa solicito a la SHCP información del monto de la
deuda externa en el gobierno de Jolopo, en base al Artículo 27 de la Ley
General de Deuda Publica, negándole la información. No importo el recurso de
amparo, la SCJN apoyo a la Secretaria señalando no se produjo violación al
derecho a la información. (Cossío, 2002:307-308).
Aquí, cabría decir, no hubo una
condena de AMLO a esa negativa, desde entonces el cachorro de la Revolución era
un autócrata que con su silencio justificaba el derecho a saber del ciudadano. Otro
antecedente relevante fue en 1991, 3 años después del fraude de 1988 por
Bartlett y AMLO, con la quema de los paquetes electorales, donde no se pudo
acceder a esa verdad histórica.
Del Grupo San Ángel, al Grupo Oaxaca
Si con el Grupo San Ángel y
ciudadanos organizados se logró en los 90s tener elecciones libres donde los
que decidieran eran los ciudadanos al tener el IFE-INE y que los DDHH fueran
respetados por el Estado, para no se repitiera un acontecimiento como el de
1968, hacía falta que se respetara el derecho a saber.
Se tuvo que transitar un largo
camino para darle un verdadero sentido a ese derecho del ciudadano, en 2001
durante un Seminario “Derecho a la Información y Reforma Democrática” en la
Ciudad de Oaxaca, al término de ese encuentro, se creó el Grupo Oaxaca y se aprobó
un documento “de acciones para conseguir un reto que no fue sencillo de
alcanzar”: crear las bases para la conformación de un verdadero sistema de
transparencia y rendición de cuentas. El documento en cuestión señalaba:
“1.- El derecho a la información es
un derecho humano universal. 2.-La información pública pertenece a las
personas. 3.- Máxima apertura de los poderes del Estado. 4.- Obligación de
publicar y entregar la información que posee el Estado. 5.- Procedimientos
ágiles, sencillos y a costos mínimos. 6.- Mínimas excepciones a la norma. 7.-Organismo
autónomo para promover la apertura y resolver controversias. 8 Consistencia
jurídica y 9.- Promoción del federalismo”. (Wikipedia).
Esto sirvió de base para
presentar su proyecto de ley el mismo año en la Cámara de Diputados con el
apoyo de diversas fracciones parlamentarias, que iba a la par con el que
presento el Gobierno de Fox, por lo que se unificaron ambos criterios, lo cual
no fue de a gratis, el Gobierno estaba presionado por dicho Grupo y la
ciudadanía para hacer una Ley a la altura de las circunstancias.
Esto dio paso a lo que hoy vemos
muy común como el llamado “parlamento abierto” donde se escucharon todas las
voces, dando como resultado, que en “junio de 2002, por unanimidad, la Cámara
de Diputados aprobó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública…(y) el 12 de junio de 2003, se creó el Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública (IFAI)”.
Una vez que se logró, este
importante acontecimiento que marco la vida pública, el Grupo se disgrego y
viene lo interesante, uno de los promoventes de lo señalado fue Jenaro
Villamil, el hoy morenista y Presidente del Sistema Público de Radiodifusión
del Estado Mexicano, ¿qué tal? Hoy avala el intento de desmantelamiento del
INAI, apoya que no sirve para nada y hace suyo el que es caro como dice su
patrón. Olvidando la larga marcha que llevo a tener de inicio un IFAI que
obligaba al Gobierno Federal a transparentar sus acciones y ahora se tiene que
tragar ese sapo.
Otros que se lo tienen que tragar
es AMLO, vía Martí Batres como Presidente del Senado que apoyo esta iniciativa
y por el PRD con Amalia García que lo presidia y como todos sabemos desde que
desplazo a Cuauhtémoc Cárdenas no se decidía nada si él no lo autorizaba, por
lo que hoy el lodo que lanza contra el IFAI se les regresa a todos y en
especial a AMLO.
Hoy podrán tener acéfalo al INAI
el cual cambio su nombre en 2014 para dar paso a una reforma de gran calado,
haciendo suyos los preceptos internacionales señalados, para transitar a que el
Estado Mexicano en su conjunto estuviera obligado a transparentar sus acciones,
se protegieran los datos personales de los ciudadanos, se combatiera la
corrupción y se resguardaran los archivos que los sujetos obligados deben
resguardar y no suceda una quema de paquetes electorales.
Por eso se comenzó el “tránsito
hacia la construcción del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales; sistema que se entrelaza ahora,
con el Sistema Nacional Anticorrupción y el Sistema Nacional de Archivos.” (Cantero
Pacheco, 2020: 4).
De la primera Ley se desprende en
sus Artículos 28 y 29, que este se integra por “el conjunto orgánico y
articulado de sus miembros, procedimientos, instrumentos y políticas, con el
objeto de fortalecer la rendición de cuentas del Estado mexicano… coordinar y
evaluar las acciones relativas a la política pública transversal de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales”, y “se
conformará a partir de la coordinación que se realice entre las distintas
instancias que, en razón de sus ámbitos de competencia, contribuyen a la
vigencia de la transparencia a nivel nacional, en los tres órdenes de gobierno”.
(2020:4).
Como puede verse, si o si se debe
tener al INAI, por ser el Estado Mexicano en su conjunto y no solo el Gobierno
los que conforman el Sistema Nacional de Transparencia, vía el Instituto, donde
no se puede ser juez y parte.
Conclusiones
Así como se dio pa´tras a las
modificaciones a la legislación electoral, luego al Plan B, los intentos de los
Partidos de meterle mano al TEPJF y ahora en la SCJN al declarar
inconstitucional la integración de la Guardia Nacional a la SEDENA, por el sentir
y enojo ciudadano.
Ocurrirá lo mismo con esta
aberración de desaparecer al INAI, por lo ya señalado, en vista de que los que
mandamos somos los ciudadanos y no un movimiento transitorio, que no es el
Estado en su conjunto.
Solo son un puñado de fanáticos
resentidos que no tienen ni idea de lo que es la separación de poderes y menos
saber de Gobernanza y rendición de cuentas, al ser la opacidad lo que ha
reinado en este Gobierno.
Fuentes de consulta
Cossío, José Ramón (2002). “El
derecho a la información en las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de
México”. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano. Montevideo https://acortar.link/6hGRGt
OEA. Guía de Mecanismos para la
Promoción de la Transparencia y la Integridad en las Américas https://acortar.link/jfFRVT
Varios autores (2020).
Reflexiones desde los Organismos Garantes de Transparencia. INAI. México https://acortar.link/84F2P5
Wikipedia. Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales https://acortar.link/hbbCmu
Comentarios
Publicar un comentario